Los autores del estudio “El panorama de la penalización” sugieren que los países podrían mejorar la legislación para permitir la confiscación de los medios utilizados para cometer delitos ambientales o de los beneficios obtenidos de estos delitos.
Indicaron además que la actual falta de disposiciones de este tipo conduce a menudo a la persecución de infractores menores en lugar de los grandes actores económicos que cometen delitos contra el medio ambiente.
Por su parte señalaron que los Estados miembros podrían plantearse aumentar las penas y ampliar el uso de herramientas de cooperación internacional como la extradición o la asistencia judicial recíproca.
También es necesario recopilar más datos sobre estos delitos, mejorar la aplicación de la legislación e investigar más sobre las penas aplicadas y su eficacia, y añadieron que esa información ayudará a comprender qué grados de penalización son más eficaces para prevenir los delitos contra el medio ambiente.
La directora de investigación y análisis de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), Angela Me señaló que “una legislación más estricta puede contribuir a disuadir a los delincuentes potenciales y reincidentes y a ampliar el abanico de herramientas y recursos de investigación de las fuerzas del orden para poner fin a los delitos que afectan al medio ambiente”.
La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) examina cómo definen los 193 Estados miembros de las Naciones Unidas los delitos contra la naturaleza y las penas que establecen por infringir las leyes medioambientales.
El estudio abarca áreas de delitos relacionados con la naturaleza: Deforestación y tala, Contaminación acústica, Pesca, Gestión de residuos, Protección de la fauna y flora silvestres y Contaminación del aire, el suelo y los residuos.
El informe subraya las discrepancias en la aplicación de las leyes a los particulares frente a las empresas, que a menudo se libran de las multas, mientras que los particulares pueden enfrentarse a penas de prisión.
Tras la examinación, se estableció que no menos del 85% de los Estados miembros de la ONU tipifican como delito, los delitos contra la fauna y flora silvestres.
Al menos el 45% de los países imponen penas de cuatro o más años de prisión por algunos delitos contra el medio ambiente, lo que los clasifica como delitos graves según la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (UNTOC), una norma universalmente reconocida.
La fauna y flora silvestres y los residuos son los ámbitos en los que la mayoría de los países (164 y 160, respectivamente) incluyen al menos un delito penal relacionado en su legislación nacional. Por el contrario, la contaminación del suelo y acústica (99 y 97, respectivamente) son las áreas en las que menos países cuentan con disposiciones penales.
El nivel de penalización y las sanciones varían según el país y la región. Por ejemplo, en Oceanía, el 43% de los países consideran la pesca ilegal como un delito grave (que conlleva cuatro o más años de cárcel), mientras que en Europa sólo el 2% de los países lo clasifican como tal. Por su parte, 12 de los 18 países de África Oriental consideran delitos graves los delitos contra la vida silvestre.
Los delitos contra la fauna y la flora silvestres son los que con más frecuencia están contemplados en la legislación penal, ya que 164 Estados miembros mantienen disposiciones de este tipo.
